Febrero 15 de 2014,
11:50 A.M. Buenos y santos días y semana familia. Publicado febrero 17/14. Esto
es lo que estamos viviendo:
SOFONÍAS 3,8 por
tanto, esperadme –Dice el Señor Yahveh Jesús-, hasta el día en que me levante
como testigo. Porque mi determinación es reunir a las naciones, juntar a los
reinos, para derramar sobre ellos mi enojo, todo el ardor de mi ira. Por el
fuego de mi celo será consumido el mundo entero.
RESTAURACIÓN
ESPIRITUAL. 9. Entonces yo daré labios limpios a los pueblos, para que todos
invoquen el nombre del Señor Yahveh Jesús y le sirvan de común acuerdo….
12. Dejaré en medio
de ti un pueblo manso y humilde, que confiará en el nombre del Señor Yahveh
Jesús.
13. El remanente de
Israel no cometerá injusticia, ni dirá mentira, ni en su boca se hallará lengua
engañosa. Serán apacentados y dormirán y no habrá quién los atemorice.
ENCARNACIÓN,
NACIMIENTO, CRUCIFIXIÓN, MUERTE Y RESURRECCIÓN: éstas son las fases o etapas
que debe atravezar todo ser animado de cualquier género, especie y familia, en
la creación. Todos los seres buenos y malos, desde las altas, hasta las
jerarquías inferiores, deben tomar carne y nacer en el plano material, para
desempeñar su misión de vida elegida por él o ella, sea ésta buena omala.
Según el destino que
elija cada ser, será lo que reciba durante su vida material, al final de ella,
todos sin excepción, por más evolucionados que estén, pasan por todas las fases
enunciadas: encarnan, nacen, sufren o son crucificados, mueren y resucitan a
vida eterna o son llevados a la nada.
Aquellos que no
sufren estas fases, sobre todo la de crucifixión, es porque o son enfermos
mentales o posesos y ya no es su cruz, sino la de sus deudos o están tan
evolucionados, que al ser tan espirituales, la carga del mundo material, les es
leve, por la fortaleza espiritual adquirida.
NUESTROS ACTOS O LOS
DE LOS OTROS, GENERAN REACCIÓN: no os olvidéis que todo lo que hagáis, penséis
u omitáis os genera reacción buena o mala, según vuestros actos e ideas. Por eso,
debemos aprender a manejar nuestros miedos, temores, sospechas y debilidades.
No se debe temer lo
desconocido, pero tampoco, debéis ser temerarios. Todo lo que hagáis o
indaguéis, hacedlo con cautela y con mucho respeto, hacia los seres, el Creador
y su creación.
FLACA MEMORIA O
CONCIENCIA CIEGA?: muchos de vosotros os olvidáis de los momentos de rebeldía,
maldad y flaqueza o debilidad, que habéis padecido y cuando os llega el retorno
de vuestros actos, le echáis la culpla a otros y al primero que culpáis es al
Creador, menos a vosotros mismos. Por eso os he indicado y os indico:
interiorizaros, aprended primero sobre vuestras interioridades, vuestras
características, inclinaciones, sentimientos, acciones y aspiraciones y una vez
que os conozcáis bien, podéis integraros y convivir con el hábitat y la familia
de Yahveh Jesús. Sólo de ese modo, dejaréis de cullpar a otros de vuestros
errores y consecuencias, asumiréis vuestros errores y no os dejaréis manipular
de los que os quieran robar a cambio de falsos tratamientos o manipularos con
su verborrea, para que entreguéis vuestra voluntad en sus manos y os dejéis
manejar, como lo hace el titiritero con sus títeres.
FALTA DE FORTALEZA
MENTAL: cuidáos mucho más, en los momentos de flaqueza, confusión, temor o
debilidad mental y sobre todo, cuidáos de sentir miedo, temor o ser débiles ante
los deseos, manipulaciones o tramas de los otros. Porque desde el instante en
que os invade el miedo o el temor, reconocéis a otro como más poderoso que Dios
y en ese momento, lo cambiáis a El y su protección, por nada, porque nadie
fuera de El, os podrá proteger y hacer permanecer en la eternidad.
No sintáis temor por
las supuestas brujerías que otros os hacen, porque a veces es ese temor el que
realmente los enferma. En lugar de ello, busquen ayuda no de un brujo, sino de
un sanador sacerdote o laico, especialista en males del espíritu y la mente o
sea un psicólogo espiritual, espiritualista o exorcizólogo. Un iridiólogo,
quirólogo, energético o estudioso de los chacras y mantras, os podrá sanar o
remitir al profesional que os pueda curar. Pero sobre todo, antes de buscar
ayuda externa, curen internamente sus temores, no sea que lo que sienten y
sospechan que otros les hacen, sea producto de sus malos pensamientos, mala
conciencia o una materialización de vuestros miedos y temores. No alimentéis el
poder mental de los otros, ni capitulen ante él, con vuestra debilidad mental,
aprendan a tener conciencia de su propio ser, a volverse fuertes y firmes en
sus valores y convicciones buenos, para que su identidad sea la de un verdadero
e inalterable hijo de Dios.
AMOR NO VIOLENCIA. Cuando
para demostrar amor, recurran a la violencia en forma de celos, envidia o
sevicia, caed en cuenta que eso no es verdadero amor, ése es un odio a sí
mismos solapado, un repudio a vuestro apocamiento; el cual, como no se
interiorizan para ver de dónde sale ese desorden de sentimientos, lo reflejan
en los seres que están cerca, aquellos que dicen amar. Los maltratan y dañan,
muchas veces; hasta ocasionarles la muerte. El celo no es malo, cuando se trata
de cuidar, respetando la libertad y la privacidad de cada ser. El celo es malo,
cuando se quiere esclavizar al otro u otra, coartarle su libre albedrío y
obligarlo a aceptar amores, situaciones y actos, contra su voluntad. Un hijo de
Dios, no se obliga ni obliga a otros a nada. Respeta a los otros y así mismo,
con todas sus características, emociones e identidad.
Por eso os indico a
potestades y al pueblo de Dios, no confundan un celo bueno con el malo, no
digan amar a su pueblo y generen agresiones y violencia, contra quienes dicen
amar y proteger o contra quienes se supone según su compromiso y labor que
deben cuidar y hacer prosperar.
Aquellas potestades
que por sus manejos autócratas generen daños y muerte a su pueblo, coarten la
libertad de expresión, comunicación y el libre albedrío de su pueblo, no están
bien de su psiquis ni son aptos para mandar, son seres ególatras, que se echan
el cuento de su endiosamiento y dejan de ver a su pueblo como seres humanos y
los tratan con maldad y ensañamiento abusando de su poder. Cuando por culpa de
los mandatarios, los pueblos sean manejados despóticamente, con iniquidad e
injusticia social, es el momento de que intervengan a dichos gobiernos, sin más
consultas y sin pedir permiso, tanto la ONU con la CPI, como las coaliciones
veedoras de los derechos humanos en todo el planeta.
Os indico claramente:
todo pueblo que se encuentre estancado, reprimido, pasando hambre y
necesidades, censurado y violentado actualmente por sus mandatarios y con retraso en relación al avance del resto
del planeta en la atención a los derechos de todos; debe ser liberado de ese
flagelo de inmediato, sin conciliación y esto es lo que haréis:
La ONU y el papa, le
enviarán un oficio al presidente o autócrata del país reprimido, para que en el
lapso de 24 horas, o cambia, respeta a su pueblo y lo trata bien o si el daño
ocasionado es irreversible y por su culpa ha habido tan sólo 1 muerto por su
prepotencia, lo conminen a abandonar el cargo ipso facto y a presentarse a
juicio ante la ONU y la CPI por crímenes de lesa humanidad y todos, desde el
presidente o autócrata hacia abajo, hasta los empleados directos responsables,
deberán pagar la misma pena, junto con los secuaces o países que los apoyan o
apoyaren en sus desmanes. ¡NO MÁS REPRESIÓN NI ABUSO, DEL HOMBRE CONTRA EL
HOMBRE¡.
Sino se presentan
voluntariamente, las fuerzas militares del país del cual es el autócrata, la
INTERPOL, el FBI, la CÍA y/o todas las agencias de inteligencia del planeta,
deberán capturarlos, como los criminales que son. Igual que deberán hacer de
inmediato con todas las potestades a cualquier nivel, que se hayan, han o se
están enriqueciendo a costa de su pueblo, esto también es un crimen de lesa
humanidad, porque le han robado el derecho al bienestar integral del pueblo de
Dios.
Esto quiere decir que
desde alcaldes ladrones hasta presidentes ladrones, deberán ser juzgados,
encarcelados y despojados de sus cargos y de lo robado, lo cual pueden
corroborar por medio de un estudio minucioso de sus finanzas antes, durante y
después del cargo. Así, hasta aquellos que se han ido con los bolsillos llenos
desde hace más de 20 años hasta ahora, también deben ser juzgados, no prescribe
el delito, ni el enriquecimiento ilícito.
También es hora que
las inspecciones laborales comiencen a visitar negocio por negocio públicos,
privados o mixtos; para constatar que sí les están pagando los sueldos y
prestaciones legales y la dotación completa a los empleados en todo el planeta.
¡NO MÁS EXPLOTACIÓN DEL HOMBRE CONTRA EL HOMBRE, NUNCA MÁS¡.
MANERAS DE
EVALUAR: para evitar seguir entregando a
la sociedad seres dañinos entre los buenos, primero que todo, debéis hacer
énfasis en los valores morales y espirituales, porque son propios de la esencia
de la creación y las características que harán un universo funcional.
Les dejarán tener su
creencia en su Dios personal y no les coartarán su derecho al libre albedrío
bueno, a comunicarse y opinar con respeto, con sinceridad y sin tragar entero,
sin olvidar la cortesía al hacerlo; esto es muy importante en la formalción de
su personalidad como individuo.
Se les hará conocer
la historia en todas las clases, ciencias, religiones, fases, estratos, todo lo
vivido y las vivencias en el planeta, de todos sus seres; para que al conocerla
no repitan los errores y mejoren los logros de los antecesores y sobre todo os
hago énfasis en que las evaluaciones, deberán hacerse desde ya hacia el futuro
siempre así: 20% memorizante para que recuerden las bases o fundamentos de cada
ciencia, conocimiento y materia que se evalúe, 50% recursiva y deductiva, y 30%
práctica.
Éste es el secreto
por el cual no sóis todos innovadores, porque la educación global en su
mayoría, hasta ahora os ha enseñado a memorizar todo y aplicar al pie de la
letra lo aprendido. No os ha enseñado mucho a investigar, a ser recursivos y
mucho menos, habéis adquirido la destreza de ser deductivos e innovadores, en
base a lo que existe y podrá ser con vuestras ideas.
Váis a ver que
evaluando de este modo y enseñando de manera que todo el planeta sea una fuente
de aprendizaje abierto para todas las ciencias, se va a obtener un mejor
desarrollo integral en cada individuo dicente, en la comunidad y el planeta en
general. Por ejemplo: le dáis un problema matemático a un alumno y le piden dar
distintas clases de soluciones, lo dejan que busque respuestas y ayudas en
todos lados, hasta el maestro es una fuente de ayuda, cuando los evalúen. Déjenlos
que busquen las soluciones en cualquier lado, por internet y con cualquier
persona, le señalan una hora de inicio y el tiempo de entrega, y los dejan en
libertad de obrar; al final, verán lo recursivos y maravillosos que se van
volviendo, las nuevas generaciones, porque no se les reprime y se les incentiva
la iniciativa y el manejo de recursos integrales.
Os indico a todos y
las potestades, evaluaros de ese modo, interna y externamente, así podrán
mejorar su rendimiento interno y externo, por el bien de todos.
ATIENDA
SU TIENDA. CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES PÚBLICOS.
BIEN PÚBLICO
Un bien público es, desde el punto
de vista jurídico, aquél que pertenece o es provisto por el Estado a cualquier nivel: gobierno central,
municipal o local a través de empresas estatales, municipales y, en general, a
través de todos aquellos organismos que forman parte del sector público. Desde el punto de vista
económico, es "un bien que está disponible a todos y del cual el uso por
una persona no substrae del uso por otros".1
Esta
concepción se remonta al Derecho romano, en el cual la Res publica ('cosa pública' o
'administración, asuntos políticos en general') hacia referencias a las
propiedades de la Antigua Roma o
sus ciudadanos en conjunto -tales como las fuentes de agua de la ciudad, las
calles, etc. La influencia de esta acepción se ha extendido con algunas
modificaciones hasta el presente, por ejemplo,Andrés Bello escribe (en relación a
los “bienes nacionales”): “Si además su uso pertenece a todos los
habitantes de la nación, como el de las calles, plazas, puentes y caminos, el
mar adyacente y sus playas, se llaman bienes nacionales de uso público o bienes
públicos”.2 Nótese que en esa definición
Bello utiliza dos criterios: la propiedad es estatal, el usufructo es general a los habitantes.
En el
presente esta concepción perdura principalmente en la tradición Legal,
la de la Ciencia política y
la de la Economía política.
Así, en esas áreas en general se entiende por dominio público el conjunto de bienes y derechos de titularidad pública,
destinados al uso público.
CONCEPTO
ECONÓMICO
En la economía contemporánea el significado
del término es diferente. Una definición que corresponde al sentido
generalmente aceptado de bien público o bien público puro (James M. Buchanan) en esa disciplina, es
ofrecida por Elinor Ostrom: Un
bien que está disponible a todos y del cual el uso por una persona no substrae
del uso por otros.3
Esto se
expresa en términos técnicos diciendo que el bien en cuestión es un bien económico cuya naturaleza
conlleva que es no rival y no excluyente. Un bien es no rival cuando su uso por
una persona en particular no perjudica o impide el uso simultáneo por otros
individuos -por ejemplo: una señal de Radio
(medio de comunicación)- y es no excluyente cuando no se puede
impedir su usufructo por usuarios potenciales o reales.
Muchos
economistas clasificarían los bienes públicos como siendo un caso especial o
subcategoria de los bienes
comunes.4 Sin embargo, conviene notar
que la definición estrictamente no hace referencia al sistema de propiedad: un
bien sera de uso público -en esta concepción- irrespectivamente de quien lo
posea, siempre y cuando su uso “esté disponible a todos y del cual el
uso por una persona no substrae del uso por otros”. Por ejemplo -aun cuando
no el mejor- la señal de radio mencionada está disponible a quien sea que tenga
acceso a un receptor, pero la propiedad de la empresa emisora no es
necesariamente ni comunal ni estatal.
Véanse
también: Interés público, Bienes nacionales y Bienes comunales.
NO RIVALIDAD
La
rivalidad en el consumo de un producto implica que el consumo por parte de un
individuo impide el uso por otros. Por ejemplo, el uso de un martillo por
alguien impide que sea usado al mismo tiempo por algún otro -a pesar que ese
otro lo podría usar en el futuro- Algunos bienes rivales son, adicionalmente,
consumibles: Así, si un individuo se come un pastel, no queda pastel para
ningún otro, ya que ya se lo comió. En ambos sentidos, el uso de un bien rival
reduce la disponibilidad para otros.
Se dice
que no existe rivalidad en el consumo de un producto o servicio, cuando el
consumo que un individuo realiza de ese bien no impide ni reduce la cantidad
disponible para el consumo de otras personas. Por tanto, de manera simultánea o
no, varios individuos pueden consumir las mismas unidades del bien sin que se
resienta el consumo de los otros. La Defensa nacional constituye el ejemplo
más claro de ausencia de rivalidad en el consumo de un producto. La defensa
nacional entendida como garantía y protección frente a un hipotético
enemigo exterior, es un bien que ofrece el Estado a la ciudadanía y alcanza por
igual a todos los ciudadanos del territorio y el que un individuo de un país esté
protegido por la defensa nacional, no implica menores garantía para
otro ciudadano. La no rivalidad en el consumo de la defensa nacional no implica
que todos las personas valoren internamente por igual el servicio, de hecho es
muy probable que las demandas de defensa nacional sean muy variadas entre los
habitantes de un territorio. Lo que la no rivalidad significa es que la
existencia de un ejército equipado significa una garantía igual para todos
ciudadanos del país.5
Cuando un
recurso es ilimitado, como el aire, no es necesario economizarlo ya que toda la
población puede disfrutar de él sin dejar de ser consumido por otra persona y,
además, está disponible de forma gratuita. Por este motivo, no pueden ser
comercializados por ninguna empresa.
Esto es
precisamente lo que ocurre con los
bienes públicos, un tipo especial de bienes que por sus especiales
características no pueden ser comprados ni vendidos en el mercado y de los
cuales disfrutan todos los ciudadanos sin distinción y que por lo general son
suministrados por el estado. Pero, ¿cuáles son estos bienes?
¿QUÉ SON
LOS BIENES PÚBLICOS?
Imagina
que estás desempleado en un momento determinado y que por ese motivo no estás
pagando los impuestos correspondientes al trabajo. En un momento determinado,
estás paseando por tu ciudad pero, cada vez que pasas por debajo de una farola
se apaga la luz. Sería raro ¿verdad? Tú no estás pagando por ese servicio y por
ello te lo están privando. Pues bien, por este motivo existen los llamados bienes públicos.
Los
bienes públicos tienen dos características principales: por un lado, los bienes
han de ser no rivales en su
consumo, es decir, que el uso y/o disfrute de uno de estos bienes por un
determinado consumidor no ha de verse afectado por el uso y disfrute por un
consumidor o usuario adicional. Este podría ser el caso de una emisora de
radio, que puede ser escuchada por varios oyentes al mismo tiempo y, sin
embargo, el consumo de una tarta por varios comensales reduce la porción de
tarta a repartir.
Por otro
lado, la exclusión tiene
que ver con la imposibilidad de excluir del consumo de un determinado bien a
nadie porque no pague, puesto que no es posible discriminar mediante precio
quién puede y quién no hacer uso de ellos. Tal es el caso del alumbrado
público, que es disfrutado por todos los ciudadanos de una determinada
localidad independientemente de que hayan aportado o no a su financiación.
Precisamente,
esta última característica es una de las consecuencias más importantes de los
bienes públicos, lo que en economía se define como el problema del
polizón. Al no ser factible la exclusión de aquellos consumidores que no
han pagado, los bienes públicos benefician
por igual tanto a aquellos usuarios que han pagado como a aquellos
que no han contribuido a su financiación, o bien han contribuido en menor
medida.
LOS
BIENES PÚBLICOS Y LA GESTIÓN PRIVADA
Nosotros,
como ciudadanos y, por ende, contribuyentes que somos, estamos continuamente
disfrutando de los bienes públicos que gestiona el estado y que son financiados
por nuestros impuestos. El ejemplo
más común es el de la defensa nacional, un servicio de protección
ciudadana que a todos nos garantiza la seguridad y del que es muy difícil
excluir a una persona en concreto. Por lo general, este tipo de servicios está
gestionado y administrado desde la Administración Pública, bien sea desde el
Estado Central o bien desde subdivisiones de éste.
En
realidad, cualquier bien público
puede ser gestionado de manera privada y discriminado mediante
precio. Pensemos en una autopista. Bien es cierto que el uso de la misma por un
determinado vehículo no impide el uso por otros vehículos pero, al introducir
un precio (en forma de peaje) estamos disuadiendo el consumo de esta vía por
los usuarios de la misma. Sin embargo, a nadie se le impide tomar una ruta
alternativa para llegar a su destino. Son los llamados bienes públicos no
puros. Esta división puede hacerse de la siguiente manera:
Bienes públicos puros: son los
bienes públicos por definición, es decir, aquellos en los que tanto la
característica de exclusión como la de no rivalidad son características puras
del mismo. Por ejemplo, la seguridad nacional o bien el alumbrado público.
Bienes públicos no puros: son aquellos en los que se puede excluir del consumo
del mismo a algunas personas, normalmente mediante la aplicación de un precio,
habiendo alternativas privadas que satisfacen la misma necesidad mediante
precios. Tales son los casos de la educación o la sanidad.
Evidentemente,
todas estas definiciones son difíciles de aplicar a la vida real, en especial
la de los bienes públicos puros. Todos los bienes o servicios, incluyendo la
seguridad o la justicia, son
susceptible de ser ofrecidos por empresas privadas y, por tanto,
discriminando mediante precio; de hecho, en muchas ocasiones, es más eficiente
que sean las empresas privadas las que lo gestionen.
En
cualquier caso, los bienes públicos suelen estar ofrecidos donde la iniciativa
privada no llega. La demanda de estos bienes públicos de una persona coincide
con el total; en el caso del alumbrado público, estará encendido
independientemente de que por esa zona pasen 1.000 o 2 personas. Y es que los
bienes públicos son consumidos por todos los ciudadanos, independientemente de
la renta. Estos son, precisamente, los
bienes públicos. Estos bienes se presentan en distintas clases, como
son:
BIENES DE USO
PÚBLICO: están en cabeza de la nación, pero todos los habitantes de su
territorio pueden utilizarlos o usarlos, son imprescriptibles, inalienables e
inembargables algunos y otros lo pueden ser, hasta cierto punto. Entre ellos
están: vías de comunicación, puentes, túneles, plazas públicas, parques
recreacionales, aeropuertos, entre otros.
BIENES FISCALES:
pertenecen al Estado por medio de su entes territoriales. Son enajenables y
embargables, pero no prescriptibles.
BIENES BALDÍOS: son
bienes rurales de la nación, que no han tenido dueño anteriormente y que se pueden
adjudicar a los particulares.
BIENES VACANTES: son
inmuebles sobre los que alguna vez se ejerció la propiedad privada, pero que
están sin dueño aparente o conocido.
BIENES MOSTRENCOS:
son muebles que tuvieron dueño particular, pero que se encuentran abandonados
material y jurídicamente y no se sabe quién es su dueño.
Dentro del sector
inmobiliario se estudian todas las características de los bienes inmuebles, la
manera de conservarlos y de hacerlos producir réditos a sus dueños, según la
ley y la equidad.
Tres
características fundamentales diferenciadoras de los bienes públicos respecto a
los privados:
Conjunción
en la oferta
Imposibilidad
de aplicar el principio de exclusión
Existencia
de efectos externos
CONJUNCIÓN DE LA OFERTA O NO RIVALIDAD EN EL CONSUMO
Característica
de indivisibilidad, que se encuentra en los escritos de los autores
marginalistas continentales del cambio voluntario (es importante destacar
inicialmente que la indivisibilidad característica de los bienes públicos, lo
es en tanto a sujetos que pueden disfrutar de una misma unidad del bien).
Con
posterioridad, tanto R.A. Musgrave (1969) como Peston (1972) ha tan referido la
misma propiedad como la no rivalidad en el consumo, en el sentido de que si un
sujeto i consume un bien público, esto no impide el consumo de otro sujeto j
del mismo bien en igual cantidad.
El
problema esencial de la conjunción en la oferta es que la utilización del bien
por un sujeto adicional no eleva los costes, esto es, los costes marginales de
utilización por un sujeto adicional son nulos.
Para P. A. Samuelson, en fin, la conjunción en la oferta es la nota esencial que caracteriza a los bienes que él denomina colectivos.
LA NO APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE EXCLUSIÓN
EI
funcionamiento del mercado respecto a los bienes privados se hace operativo a
través del llamado principio de exclusión (esto es, todo sujeto que no pueda o
no quiera pagar el precio de un bien o servicio se verá excluida de su
utilización o disfrute). Fuerza al sujeto a mostrar sus preferencias por medio
del precio.
R.
Musgrave (1959) ha sido quien más ha insistido en el hecho de que en los bienes
públicos el principio de exclusión no es aplicable.
Posibles
interpretaciones:
Imposibilidad
física de exclusión: la simple existencia y pertenencia de un individuo a
un grupo implica el disfrute del bien (defensa nacional, medio ambiente…)
Imposibilidad
técnica: físicamente cabría una posibilidad de excluir de su disfrute a quienes
no pagasen el precio correspondiente, pero o bien el estado de la técnica no
permite tal exclusión o bien comportaría grandes costes (uso de la vía
pública..)
La inaplicabilidad
estricta del principio de exclusión: Se trata de bienes en los que se produce
una suerte de oferta del tipo «sin posibilidad de ajuste cantidad-precio».
Efectos Externos
En los bienes públicos la existencia de externalidad positiva en el consumo se presenta en toda su extensión.
Un bien público polar es una pura externalidad, en el sentido de que la utilidad de un sujeto A aumenta por el consumo de un bien X por parte de otro sujeto B en la misma medida en que aumentaría si fuese el propio sujeto A quien consumiera el bien X.
SOBRE CONTRATACIÓN. Los
contratos, deben contener requisitos de validez y de existencia para que
produzcan los efectos previstos por la ley. Son requisitos para la existencia
del contrato:
La manifestación de
la voluntad de las partes o consentimiento.
Objeto al que se
dirige la manifestación de voluntad.
Creación,
modificación o extinción de relaciones de derecho.
Solemnidad (casos
especiales).
TRABAJO: investigue
los requisitos para la validez del contrato. Aplique todo lo que aprende a su
vida integral, a su negocio o empleo.
DESHUMORACIÓN Y
SISTEMAS SALUDABLES EN EL SER HUMANO: para que el ser humano, se conserve sano,
todos sus sistemas deben trabajar con normalidad, cuando alguno tiene
problemas, se inicia su disfunción o cese de actividades y se necesita de un
especialista en salud, para que recupere su ritmo y trabajo normal.
Esto mismo pasa con
el sistema de fertilidad y sexual de los seres, cuando no funciona normalmente,
se atrofia y llega a desequilibrar hasta la psiquis del ser animal, para eso
existen los ginecólogos, urólogos y sexólogos, además del pastor religioso,
para que les diga qué hacer que no comprometa su salud, ni su alma.
EL POR QUÉ NO
QUEDARSE CÉLIBES O SOLOS-AS: a todos los seres humanos, se le generan toxinas o
malos humores dentro de su ser. Así como el sistema excretor expulsa las heces
y la orina, lo que le sobra y no necesita el cuerpo humano, éste necesita
deshumorar su sistema sexual también, así que no sólo funciona para prolongar
la especie, sino también, para botar ese semen masculino o femenino que sobra
en el cuerpo humano.
Por eso, no se
recriminen, ni se condenen por ser eso: SERES HUMANOS, CON FUNCIONES NORMALES,
en todo su ser, que les permite estar sanos integralmente.
Cuando los padres no
puedan enseñar a sus hijos o los sacerdotes o pastores, por sus creencias o
usos, todo lo condenen, acudan al sexólogo, para que les enseñe la manera
adecuada, higiénica y saludable para deshumorar si están célibes; con mucho
respeto por la intimidad de cada quien y sin dañar su salud. Por eso es que
hasta al papa se le ha indicado, que puede casarse si quiere, para que pueda
deshumorar saludablemente en compañía de su esposa.
Para vuestro saber, los apóstoles casados,
durante su peregrinación en la tierra, después de Jesús y durante su presencia
en el planeta, nunca se divorciaron, ni dejaron solas a sus esposas, cuando
iban de paso, por donde estaban sus familias, yacían con sus esposas y
copulaban con ellas, como deben hacerlo los cónyuges, con amor y respeto. Pues como
algunos hijos de Yahveh Jesús dicen y en muchos ocurre: ESOS POLVOS SE VAN A LA
CABEZA Y EMPIEZAN LAS ABERRACIONES, LAS ALUCINACIONES, LOS VICIOS, LA MALICIA Y
LA VULGARIDAD. Aunque no se debe dejar de lado el que el mucho trabajo o mucha
oración, ayudan a controlar de buena manera la naturaleza humana y los fuegos
sexuales.
Todo fue creado
perfecto y para complementarse en el caso de la pareja, lo que lo daña, es la
malicia, el abuso, la ignorancia, el endiosamiento, la malicia y la vulgaridad.
Obrad pues en consecuencia, como debe ser. Siempre acorde con vuestra
naturaleza buena, cuidando de vuestra salud, con decencia y respeto a la
privacidad de todos y del todo, a todo nivel y en toda circunstancia.
JERARQUÍAS EN EL
REINO DE DIOS: ya sabéis como cada ser es parte del todo y contiene a mismo
tiempo al todo en su ser. Hoy os haré énfasis en lo correcto en cuanto a la
vida y comportamiento en Jesús. Estas son las jerarquías en cuanto a religión o
creencias:
IGLESIA UNIVERSAL O
CATÓLICA: enseña y cuida la aplicación de las leyes naturales y naturaleza del
universo, que es la encarnación de Jesús.
Por ello, la iglesia
católica, no la deben mirar como religión o creencia, es parte inseparable de
la creación y el Creador: Yahveh Jesús o Jesús. Sin importar las creencias o
inexistencia de ellas, los usos y costumbres de los seres humanos, todos, vayan
o no a misa, son católicos, es parte ireemplazable en vuestro dogma de vida en
todos los seres del planeta y la creación. Está en vuestra esencia y vosotros
en la esencia del Creador y su iglesia.
Una vez sabida esta
verdad, os queda entendido que sin importar vuestras creencias religiosas o de
toda índole, todos, debéis y podéis ir a la iglesia católica y sus templos y
sentir que estáis en la Casa del Padre Creador: Yahveh Jesús. Sóis y seréis
siempre, ¡bienvenidos¡ y en cada lugar que esté la católica, será vuestra
propia casa, como hijos de Dios que sóis, sin discriminación.
Así que os indico a
todos los jefes de todos los niveles, clases y religiones y al pueblo de Dios
en general, acudid y reuniros por lo menos el sábado y/o el domingo con todos
vuestros fieles y hermanos en los templos católicos de vuestros lugares, por lo
menos una vez en la semana, que sea vuestro día de descanso o los dos días del
fin de semana con vuestras familias. Porque es vuestra casa madre, la casa
matriz del Reino de Dios, la que os reúne a todos. Los cultos y demás
religiones e inclinaciones, tienen sucursales o agencias de esta casa madre o
matriz del Padre. Ésa es la jerarquía de Jesús: el Reino de Dios.
A LOS DUDOSOS O
INSEGUROS: cuando no sepan si son objeto de brujería o ventaja, os aconsejo
hacer lo siguiente cada 6 meses o cada vez que tengáis manifestaciones
inusuales:
Comprar las 3
verbenas y la ruda de castilla, desnudarse en el baño y darse una pela de
cabeza a pies con ella por todo el cuerpo, sin dejarse marcas. Echar las ramas
en una bolsa plástica. Reunir otras ramas de lo mismo y darle una pela a la
casa desde el fondo del patio hasta el frente de la casa por arriba, abajo, a
la derecha, y a la izquierda, sin olvidar empezar por la pared o el lado de
atrás.
También deben pegar
debajo de los muebles y encima de estos, sólo agitando fuerte al aire, sin
necesidad de dañarlos, conforme van pasando en su camino hacia la puerta de la
calle. Cogen lo que queda de las ramas y toda la basura que queda y la echan en
la misma bolsa donde colocaron las de la limpieza personal y la echan a la
basura. A continuación cocinan ruda, manzanilla, saúco y romero, le agregan 9
gotas de agua bendita, 9 gotas de óleo santo y se ayudan con los extractos:
espanta espíritu, contra envidia, rechaza daño, contra maleficio y quita
hechizo 9 gotas de cada uno, lo hierven, lo dejan reposar y le echan el riego a
la casa del fondo al frente hasta la puerta de la calle, luego lo devuelven
siempre mirando hacia la puerta de la calle, hasta el fondo de la casa o hasta donde
termina la sala.
Repiten riegos y
baños cada 6 meses o cada que se sientan pesados los hacen por 3 días y a la
casa le pegan, si sienten manifestaciones anormales mínimo cada 6 meses o
cuando se presente el fenómeno paranormal.
En las iglesias o templos
y sitios grandes, sólo azotan el piso y el aire hacia arriba, hacia abajo y
hacia los lados, empezando desde la pared del fondo siempre. No olviden dar
siempre gracias a Dios al comenzar y al terminar la limpieza espiritual.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS
Para el
concepto de derechos fundamentales a todo ser humano, véase Derechos humanos.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es un documento declarativo
adoptado por la Asamblea
General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A
(III), el 10 de diciembre de 1948 en París; en ésta se recogen en sus 30
artículos los Derechos Humanos considerados
básicos, a partir de la carta de San Francisco de 1945.
La unión
de esta declaración y los Pactos
Internacionales de Derechos Humanos y sus Protocolos comprende
lo que se ha denominado la Carta
Internacional de Derechos Humanos. Mientras que la Declaración
constituye, generalmente, un documento orientativo, los Pactos son tratados
internacionales que obligan a los Estados firmantes a cumplirlos.
En
numerosas convenciones, declaraciones y resoluciones internacionales de
derechos humanos se han reiterado los principios básicos de derechos humanos
enunciados por primera vez en la Declaración Universal de Derechos Humanos,
como su universalidad, interdependencia e indivisibilidad, la igualdad y la no
discriminación, y el hecho de que los derechos humanos vienen acompañados de
derechos y obligaciones por parte de los responsables y los titulares de éstos.
En la actualidad, todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas han
ratificado al menos uno de los nueve tratados internacionales básicos de
derechos humanos, y el 80% de ellos ha ratificado al menos cuatro de ellos, lo
que constituye una expresión concreta de la universalidad de la DUDH y del
conjunto de los derechos humanos internacionales.
ONU: Fundamento
de las normas internacionales de derechos humanos.1
HISTORIA
En la
lenta evolución de los Derechos Humanos en la historia, es a partir del siglo
XVII cuando empiezan a contemplarse declaraciones explícitas con base en la
idea contemporánea del "derecho natural". Inglaterra incorpora en
1679 a su constitución la "Habeas Corpus Act" (Ley de hábeas
corpus) y la "Bill of Rights"
(Declaración de Derechos) en 1689. En Francia como consecuencia de la Revolución francesa,
se hace pública, en 1789, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
En 1927
el Convenio de Ginebra prohíbe la esclavitud en todas sus formas. Los llamados
"Códigos de Malinas" que abarcan la Moral Internacional (1937),
Relaciones Sociales (1927), Relaciones Familiares (1951) y el Código de Moral
Política (1957), son intentos parciales de la conciencia pública por regular
una seguridad mínima de respeto al individuo, habitualmente ignorado por los
Estados. Como consecuencia de la Primera Guerra
Mundial la Sociedad de
Naciones impulsó los Convenios de
Ginebra sobre seguridad, respeto y derechos mínimos de los
prisioneros de guerra, y en 1948 tras la Segunda Guerra
Mundial, la Asamblea
General de las Naciones Unidas aprobó el documento titulado
"Declaración Universal de Derechos del Hombre", conjunto de normas y
principios, garantía de la persona frente a los poderes públicos.
PROCESO DE ELABORACIÓN
En virtud
del artículo 68 de la Carta de
las Naciones Unidas, el Consejo
Económico y Social de Naciones Unidas creó la Comisión de Derechos Humanos. A este
organismo, formado por 18 representantes de Estados miembros de la ONU,
se le encomendó la elaboración de una serie de instrumentos para la defensa de
los derechos humanos. Dentro de la Comisión se creó un Comité formado por ocho
miembros, que serían Eleanor Roosevelt (nacional de Estados
Unidos), René Cassin (Francia),
Charles Malik (Líbano), Peng Chun Chang (China), Hernán Santa Cruz (Chile),
Alexandre Bogomolov/Alexei Pavlov (Unión Soviética), Lord Dukeston/Geoffrey
Wilson (Reino Unido) y William Hodgson (Australia). Fue también de especial
relevancia la intervención de John Peters Humphrey, de Canadá, director de la
División de Derechos Humanos de la ONU.
El
proyecto de Declaración se sometió a votación el 10 de diciembre de 1948 en
París, y fue aprobado, por los que entonces eran los 58 Estados miembros de la Asamblea
General de la ONU, con 48 votos a favor y las 8 abstenciones de la Unión Soviética,
de los países de Europa del Este, de Arabia Saudí y de Sudáfrica. Además, otros
dos países miembros no estuvieron presentes en la votación.
ESTRUCTURA Y CONTENIDOS
La DUDH
(Declaración Universal de los Derechos Humanos) se compone de un preámbulo y
treinta artículos, que recogen derechos de carácter civil, político, social,
económico y cultural.
PREÁMBULO
El preámbulo como
parte expositiva que precede un documento legal, también llamado exposición
de motivos o considerandos, no forma parte de la norma, ni
es obligatoria, según se acepta habitualmente, pero se emplea para el análisis
e interpretación de las intenciones de la misma. Constituye, por
tanto una importante fuente interpretativa y síntesis de la Declaración.
Particularmente el Preámbulo de la DUDH fue redactado al final, cuando ya eran
conocidos todos los derechos que serían incluidos en el texto definitivo.
El tercer considerando destaca
un régimen de Derecho como esencial para la protección de los derechos humanos.
Es tan importante la construcción de una sociedad donde los ciudadanos puedan
disfrutar sus derechos, sin que sea necesario recurrir al supremo recurso
de la rebelión si hay una situación extrema de tiranía u opresión que
exige esta respuesta por parte de los ciudadanos:
Considerando
esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a
fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión
contra la tiranía y la opresión
;
Preámbulo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
El cuarto
considerando afirma la importancia de promover la amistad entre las
naciones, sorprende su brevedad y falta de concreción, debido a que en el
momento histórico de la redacción de la Declaración ya había comenzado la guerra fría, quedando esa cuestión
relegada:
Considerando
también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las
naciones;
Preámbulo de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos
El quinto considerando toma
nota del compromiso que los pueblos asumieron al fundar las Naciones Unidas en San Francisco (EE. UU.), en 1942 la Carta de
las Naciones Unidas menciona los derechos humanos en
siete lugares de su texto expresamente. Este considerando reconoce que el
compromiso surge de los pueblos como tales:
Considerando
que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los
derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona
humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado
resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de
un concepto más amplio de la libertad
Preámbulo de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos
El sexto considerando va
dirigido a los Estados
miembros de Naciones Unidas, a los gobiernos y su decisión de
trabajar para lograr el respeto universal y efectivo de los derechos humanos.
Considerando
que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la
Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los
derechos y libertades fundamentales del hombre
Preámbulo de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículos 1 y 2
Toda
persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin
distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de
cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento
o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la
condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya
jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente,
como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a
cualquier otra limitación de soberanía.
Artículo 2 de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículos 3 al 27
Los
derechos quedan enunciados en los artículos del 3 al 27, y pueden
clasificarse, según René Cassin, como
sigue:
Los artículos
del 3 al 11 recogen derechos
de carácter personal;
Nadie
estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas
sus formas.
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad[...]
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad[...]
Artículos 4, 5 y 11.1 de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Los
artículos 12 a 17 recogen derechos del individuo en relación con la
comunidad;
Toda
persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a
regresar a su país.
Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
Artículos 13.2 y 17.1 de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Los
artículos 18 a 21 recogen derechos de pensamiento, de conciencia, de
religión y libertades políticas
Toda
persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de
religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de
Creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia,
individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la
enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
Artículos 18 y 19 de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Y los
artículos 22 a 27 derechos
económicos, sociales y culturales.
Toda
persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su
familia, la salud, el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la
vivienda, la asistencia médica [...]
Artículo 25 de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Toda
persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos
en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción
elemental será obligatoria [...]
Artículo 26 de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículos del 28 al 30
Recogen
las condiciones y límites con que estos derechos deben ejercerse.
Toda
persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el
que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan
plenamente efectivos.
Artículo 28 de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos
Importancia
de la declaración
Aunque no es un documento obligatorio o vinculante para
los Estados, sirvió como base para la creación
de las dos convenciones
internacionales de la ONU,
el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y
el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, pactos que fueron adoptados por la Asamblea General de
Naciones Unidas en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1976.2 Sigue siendo citada
ampliamente por profesores universitarios, abogados defensores y por tribunales
constitucionales. Así mismo el texto adquiere rango constitucional
en algunos países, como es el caso de Argentina:
Aprobar o
desechar tratados concluidos con las demás naciones y con las organizaciones
internacionales y los concordatos con la Santa Sede. Los tratados y concordatos
tienen jerarquía superior a las leyes.
La
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; la Declaración
Universal de Derechos Humanos; (...); en las condiciones de su vigencia, tienen
jerarquía constitucional, no derogan artículo alguno de la primera parte de
esta Constitución y deben entenderse complementarios de los derechos y
garantías por ella reconocidos. Sólo podrán ser denunciados, en su caso, por el
Poder Ejecutivo Nacional, previa aprobación de las dos terceras partes de la
totalidad de los miembros de cada Cámara.
Los demás
tratados y convenciones sobre derechos humanos, luego de ser aprobados por el
Congreso, requerirán el voto de las dos terceras partes de la totalidad de los
miembros de cada Cámara para gozar de la jerarquía constitucional.
Artículo 75, inciso
22 de la Constitución
de la Nación Argentina (1994)
Estos
derechos universales son los que se deben respetar después de la ley de Dios y
luego hacia abajo sigue la Constitución de cada país, la cual debe hacer
respetar los derechos humanos. Por eso todo el que genere pérdidas de vidas es
reo por lesa humanidad. Recuerden siempre cuidarse de sí mismos y de sus
hermanos. Mucho cariño y bendiciones a todos.Gracias benditos. Martha Lucía.